De acuerdo a lo señalado en la Constitución y en la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), es obligación de todas las personas servidoras públicas, presentar su declaración de situación patrimonial y de intereses. (art. 108 Constitucional y arts. 32 y 46 de la LGRA). Dichas declaraciones deben ser presentadas bajo protesta de decir verdad ante los órganos facultados para ello a través de los sistemas correspondientes.
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